Lo que dijo el Tribunal de Justicia Europea lo ratifica ahora la Sección 15 de la Audiencia de Barcelona. Ya no cabe recurso contra esta sentencia: Padawan queda eximida de pagar el Canon Digital que le reclamaba la SGAE, puesto que acreditó que vendía su material a empresarios y, según la sentencia, la SGAE no podrá cobrar el Canon Digital sobre productos destinados a empresas, solo sobre particulares – y aún estos últimos podrían acreditar que no han utilizado el material para copia privada. La SGAE deberá, además, pagar las costas del proceso.
La histórica sentencia, que culmina una telenovela de más de casi 10 años, absuelve completamente a PADAWAN y abre la puerta para que otras empresas y organizaciones puedan defenderse de similar manera a la muy habitual estrategia intimidatoria de la SGAE, que suele valerse de amenazar con procesos legales a quien se interponga en su camino (cabe recordar aquí el “caso Exgae”, ente muchos otros).
La Sentencia estipula, además, que la SGAE tampoco podrá cobrar canon sobre obras no protegidas ni sobre obras de las que no represente derechos de autor, abriendo así definitivamente la puerta al uso de las licencias Creative Commons, que hasta ahora estaban en España en el limbo legal.
¡Una buena noticia al fin para la comunidad de internautas en España, que recibió una aplastante noticia con la reciente aprobación de la “Ley Sinde”!¡Felicidades para Ana María Méndez y su equipo de incansables luchadores!
Lee el comunicado de los abogados de Padawan completo aquí.